Plusvalía municipal: ¿la nueva cláusula suelo?
Después de las participaciones preferentes y las cláusulas suelo, el impuesto de plusvalía municipal puede protagonizar la próxima oleada masiva de demandas judiciales en España. Esta vez no son los bancos el adversario a batir por parte de los consumidores, sino los ayuntamientos. El caballo de batalla no es otro que el cobro del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía, en casos en los que un inmueble se vende por un precio inferior al que se compró. A medida que se van conociendo sentencias que dan la razón al contribuyente son más los ciudadanos que se animan a reclamar la nulidad de este gravamen. En el caso de Málaga, a raíz de conocerse el primer fallo judicial que obliga a un ayuntamiento de la provincia –concretamente el de Fuengirola– a devolver el impuesto que había cobrado a un vecino [la noticia fue publicada por este periódico el pasado 13 de enero] se ha desatado una cascada de consultas en despachos de abogados.
¿Es la plusvalía municipal la nueva cláusula suelo? En el despacho Martínez-Echevarría, que fue el encargado de representar al contribuyente que ganó la batalla al ayuntamiento de Fuengirola, tienen bastante claro que sí. «En las dos últimas semanas unas 150 personas se han puesto en contacto con nosotros para plantearnos casos similares: vendieron un inmueble por menos dinero que lo que les costó y aun así tuvieron que pagar la plusvalía», afirma Eugenio Martínez-Echevarría, portavoz del bufete. «Estamos seguros de que este asunto va a tener mucho recorrido», añade.
También otras asesorías jurídicas están recibiendo numerosas llamadas de clientes que han tenido que pasar por caja ante su ayuntamiento pese a haber vendido su casa con pérdidas. Por ejemplo, Gaona Abogados ya ha tramitado una veintena de reclamaciones administrativas, que representan el paso previo a la vía judicial. Alberto Camas, letrado de este despacho, cree que se avecina una avalancha de demandas, pues está empezando a generarse un ‘boca a boca’ entre afectados que hasta ahora no sabían que podían reclamar la anulación de este impuesto. «Hablamos de cantidades que en general son superiores a las que se mueven en los casos de cláusulas suelo: es bastante común ver liquidaciones de 8.000 euros en adelante», afirma. Su bufete, añade, tiene previsto realizar una campaña informativa con asociaciones de consumidores y también con otras entidades potencialmente afectadas por este asunto, como bancos o promotoras.
Tres cuestiones
También Legálitas ha detectado «un aumento» de consultas relacionadas con la plusvalía, que según sus portavoces es «un nuevo fenómeno que va a generar múltiples casos en los juzgados».
Como sucedió con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo, en el caso de la plusvalía hay una decisión judicial que va marcar un antes y un después. Y es que el Tribunal Constitucional tiene que resolver hasta tres cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por diversos juzgados sobre el IVTNU. Y es que existen serias dudas de que este impuesto, tal y como está implantado, respete el artículo 31 de la Constitución: « Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio». Si el Alto Tribunal declara la inconstitucionalidad de la plusvalía, todos los ayuntamientos del país tendrán que modificar el sistema de cálculo de la plusvalía y se enfrentarán a una marea de reclamaciones.
A falta de que se pronuncie el Constitucional, la mayoría de los tribunales superiores de justicia del país han declarado ya la nulidad de la plusvalía cuando no se ha producido una revalorización económica real de una vivienda. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) todavía no se ha manifestado sobre este asunto pero tendrá que hacerlo próximamente, cuando le lleguen los recursos presentados por ciudadanos que perdieron reclamaciones en primera instancia.
Hay que recordar que el motivo por el cual los contribuyentes tienen que pagar la plusvalía aunque no hayan ganado dinero con la venta de un inmueble es que la fórmula que se usa para calcular este gravamen no se basa en la diferencia del precio de mercado entre el momento de la adquisición y de la transmisión, sino en el del valor catastral del inmueble. Y se da la circunstancia de que estos valores han experimentado una evolución opuesta a los de mercado desde que estalló la burbuja inmobiliaria: se han disparado, llegando a multiplicarse por cuatro en algunos municipios de la provincia.
fuente: Información Diario Sur 13/2/17