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Quién debe pintar la vivienda de alquiler, ¿el inquilino o el casero?

Publicado por Administrador on 12 noviembre, 2018
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Un usuario del foro de idealista/news quiere saber quién debe pagar la pintura de un piso de alquiler. La ley no regula el tema de la pintura en los alquileres, con lo que es importante saber el momento de la relación contractual, es decir, si está al inicio, durante o al final del contrato de alquiler.

Así, cuando se inicia una nueva relación contractual, las partes pueden pactar que sea el casero el que entregue la casa ya pintada. Pero debe aparecer estipulado en el contrato porque las palabras se las lleva el viento.

Si hay que pintar durante la relación contractual el gasto correrá a cargo del inquilino, siempre que los daños en las paredes sean provocados por él, por un uso anormal de la vivienda. Pero si se trata de una obra de conservación de la vivienda, es decir, porque la pintura se desgasta por el paso del tiempo y por un uso normal de la casa, entonces será el casero el obligado a pagar la pintura.

al final del contrato de arrendamiento, hay que recordar que el inquilino debe entregar por ley la vivienda en el mismo estado que como la recibió. Es decir, si pintó un mural o una habitación de un color diferente al original, tendrá que volver a pintar para que las paredes tengan el color original. Hay varias sentencias que señalan que no se pueden cambiar el color de las paredes sin el permiso del propietario.

Pero si el desgaste de la pintura se debe al paso del tiempo, entonces tendrá que sufragar el pago de la pintura el casero. En este sentido es frecuente la reclamación del dueño por daños en pintura, cuando en realidad el desgaste o los defectos aparecidos en la pintura del inmueble se deben a las humedades existentes, por ejemplo.

Fuente:  idealista/news

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