“La Sentencia de 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo no solo ha anulado las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, NOVA CAIXAGALICIA y CAJAMAR sino que, por primera vez, ha fijado unos criterios de interpretación para todas las cláusulas que serán aplicables a todas las entidades.
En este sentido, también ha despejado las dudas en cuanto a los diversos motivos legales por los que hasta el momento se atacaban tales cláusulas fijando, cómo motivo principal para declarar la nulidad, la falta de transparencia en las mismas”
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